Artículo 139.- Límites máximos de carga para mujeres y menores.- En el transporte manual de carga en que se empleen mujeres y menores, se observarán los límites máximos siguientes:
LIMITES MAXIMOS DE CARGALIBRAS
Varones hasta 16 años 35
Mujeres hasta 18 años 20
Varones de
Mujeres de
Mujeres de 21 años o más 50.
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