sábado, 28 de noviembre de 2009

Archivo del pliego de peticiones

Artículo 234.- Archivo del pliego de peticiones.- Si en el tiempo de duración del contrato colectivo, se presentaren uno o varios pliegos de peticiones que contuvieren temas o aspectos contemplados en el contrato colectivo vigente, la autoridad laboral ordenará su inmediato archivo.

1 comentario:

  1. en donde puedo encontrar una explicación extensa sobre cada codigo del trabajo

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