sábado, 28 de noviembre de 2009

Base para la liquidación del fondo de reserva

Artículo 204.- Base para la liquidación del fondo de reserva.- Cuando no pudiere fijarse por medio de prueba plena el monto de lo adeudado al trabajador, se tomará como base para la liquidación el promedio de los tres últimos años de servicio.

1 comentario:

  1. Hola
    Por favor me podria aclarar una duda, se debe calcular los intereses a los rubros DESPIDO INTEMPESTIVO, DESAHUCIO, Y FONDOS DE RESERVA para una liquidacion con sentencia?

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